NORMAS DE ACTUACIÓN EN CASO DE ACCIDENTE
La asistencia médica garantizada en la Póliza será prestada por el Centro Médico o facultativo concertado por MAPFRE VIDA.
Para acceder a ella es imprescindible seguir los siguientes pasos:
Para acceder a ella es imprescindible seguir los siguientes pasos:
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PONER EN CONOCIMIENTO DE LA COMPAÑÍA ASEGURADORA EL ACCIDENTE
Llamando al Centro de Atención 24 horas de MAPFRE, teléfono 918 366 342 / 900 810 173 (llamadas nacionales), +34 915 811 823 (llamadas internacionales). El accidente debe ser comunicado inmediatamente después de su ocurrencia.
ENVIAR PARTE CON NÚMERO DE EXPEDIENTE AL CORREO ELECTRÓNICO DE MAPFRE
Una vez recogidos estos datos, el Centro de Atención facilitará el número de expediente, que deberá ser anotado en el encabezamiento del Parte. El comunicante remitirá posteriormente el parte por correo electrónico a la dirección [email protected]
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CUMPLIMENTA EL PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES DE MAPFRE
Este parte deberá ser firmado por el lesionado/asegurado y sellado por la Federación. Aquí te dejamos el parte para que te lo descargues: DESCARGAR PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES
ACUDE A UN CENTRO MÉDICO CONCERTADO CON EL PARTE DE COMUNICACIÓN DE ACCIDENTES
El federado lesionado debe acudir al Centro Médico concertado aportando el “Parte de Comunicación de Accidentes” debidamente cumplimentado. Es imprescindible para recibir asistencia que en el parte conste el número de expediente.
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EN LA COMUNICACIÓN TELEFÓNICA DEBERÁ FACILITARSE:
EN CASO DE URGENCIA VITAL, EL LESIONADO PODRÁ RECIBIR ASISTENCIA MÉDICA DE URGENCIA
En el Centro Sanitario más próximo. MAPFRE VIDA se hará cargo de las facturas derivadas de la asistencia de urgencia prestada en las primeras 24 horas desde la fecha de ocurrencia del accidente. Una vez superada la primera asistencia de urgencia el lesionado deberá ser trasladado a Centro Médico Concertado para continuar su tratamiento. En caso de permanencia en centro médico NO CONCERTADO, MAPFRE VIDA no asumirá el pago de las facturas derivadas de los servicios prestados.
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ATENCIÓN SANITARIA EN ACCIDENTES OCURRIDOS
DURANTE DESPLAZAMIENTOS
Existe una relación de Centros Concertados a los que el federado lesionado puede acudir a recibir asistencia sanitaria en casos de desplazamiento.
AUTORIZACIONES:
Necesitarán autorización previa de la compañía las siguientes pruebas y tratamientos:
En estos casos el médico o Centro Médico concertado solicitará a MAPFRE VIDA dicha autorización mediante correo electrónico [email protected]. A dicha autorización se ha de acompañar copia del informe médico detallado, facilitándose, también por correo electrónico, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado.
Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.
Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MAPFRE VIDA el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.
AUTORIZACIONES:
Necesitarán autorización previa de la compañía las siguientes pruebas y tratamientos:
- Pruebas especiales de diagnóstico (TAC, RMN, Ecografías, Gammagrafías, Artroscopias).
- Intervenciones Quirúrgicas
- Rehabilitación.
En estos casos el médico o Centro Médico concertado solicitará a MAPFRE VIDA dicha autorización mediante correo electrónico [email protected]. A dicha autorización se ha de acompañar copia del informe médico detallado, facilitándose, también por correo electrónico, la correspondiente autorización o denegación de la prueba o tratamiento solicitado.
Cualquier prueba o tratamiento realizado sin la autorización previa de la compañía correrá por cuenta del asegurado.
Tras obtener la oportuna autorización se remitirá a MAPFRE VIDA el informe del resultado de la prueba o tratamiento, así como informes sucesivos de la evolución del paciente.